Ideas para pagar menos impuestos como inversor en tu Renta 2020
Todavía queda un poco de tiempo para reducir tu factura por tu Renta 2020. Tienes hasta el 31 de diciembre para hacerlo y aquí te dejamos algunas ideas para optimizar tus impuestos como inversor.
Transmisión de activos
Si vas a transmitir algún activo por el que obtendrás una plusvalía superior a € 200.000, te conviene venderlo antes de que finalice el año, pues este año te será menos lesivo. A partir de 2021 pagarás 3 puntos más, es decir, un 26%.
Lo mismo pasa con los socios de las sociedades que estén pensando en retirar beneficios por la vía del reparto de dividendos, devolución de la prima de emisión o por reducción del capital. Si la cuantía va a superar los € 200.000 convendría que estas operaciones se realizarán en 2020.
Planes de pensiones
Este es el último año en el que puedes aportar más de € 2.000 a planes de pensiones individuales. A partir de 2021 el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que suscriban primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente, no podrán exceder de € 2.000 anuales (actualmente € 8.000).
Además, la aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se reduce de € 2.500 a € 1.000.
Rescate
Al invertir en un plan de pensiones se retrasa el pago del impuesto hasta el momento del rescate. Hasta que no sacas el dinero no tributas por él y cuando lo haces se le considera rentas del trabajo.
No estás obligado a rescatar el plan de pensiones de forma inmediata en cuanto te jubilas. Si lo haces una vez estés cobrando tu pensión pública de jubilación seguramente pagarás menos impuestos porque, por lo general, tu base imponible será menor en ese momento porque lo habitual es que tu pensión sea inferior a lo que cobrabas cuando tenías un salario.
No obstante, si te estás planteando rescatar tu plan de pensiones debes saber que si lo rescatas en forma de capital, puedes disfrutar de una reducción del 40% sobre las prestaciones correspondientes a las primas satisfechas antes del 31 de diciembre de 2006. En cambio, si lo rescatas en forma de renta, no podrás aplicar la reducción.
Estos son los plazos para solicitar la reducción:
- Si te jubilaste antes de 2010: el plazo terminó en 2018.
- Si te jubilaste entre 2011 y 2014: el plazo es de 8 años.
- Si te jubilaste a partir de 2015: el plazo es de dos años.
Si rescatas el plan en forma de capital en dos años distintos, en un año por desempleo de larga duración y en otro año por la jubilación, podrás aplicar la reducción si cumples los requisitos.
Si percibes prestaciones en forma de capital por la misma contingencia en más de un período impositivo, solo puedes aplicar la reducción en uno y escoges tú el periodo. Si dispones de más de un plan de previsión social, y los rescatas todos en el mismo ejercicio por la misma contingencia, podrás aplicar la reducción a la totalidad.
Si percibes las prestaciones en forma mixta, podrás identificar cuáles son las prestaciones que se corresponden a la parte de renta y cuáles a la de capital, pudiendo aplicar la reducción solo a las de capital cuya aportación fuera anterior al 31 de diciembre de 2006.
Si te jubilas activamente (compaginas jubilación y actividad laboral) y rescatas se entiende que te jubilas en el momento en que rescatas. Por el contrario, si no rescatas durante tu jubilación activa, se entiende que te jubilas cuando concluye tu relación laboral y accedes a la jubilación total.
Si tienes derecho al régimen transitorio aplicable a las prestaciones de contratos de seguros colectivos que instrumentan compromisos por pensiones (DT 11ª de la Ley del Impuesto), y ha tenido lugar la renovación anual de la póliza, debes tener en cuenta que esto se considera como una "prórroga del contrato de seguro colectivo inicial", que permite mantener su fecha de contratación, de manera que podrás seguir disfrutando de la reducción correspondiente en el momento del cobro de la prestación.
Traspasos entre fondos de inversión
Si traspasas tu dinero de un fondo de inversión a otro no pagarás impuestos mientras el dinero permanezca invertido.
Solo lo puedes hacer si eres persona física residente en España y los fondos deben cumplir la normativa UCITS, es decir, ser traspasables sin impacto fiscal. Se puede aplicar también en traspasos entre SICAVS y fondos, siempre que la SICAV tenga al menos 500 partícipes y el accionista que traspasa no posea más de un 5% del capital de la SICAV.
Este diferimiento fiscal te hace ganar dinero porque sube tu rentabilidad y, por lo tanto, tus beneficios. Ganas más dinero porque los beneficios que tienes anualmente se van reinvirtiendo. Y es ahí donde se aplica la magia del interés compuesto.
Hasta aquí las ideas para inversores, pero puedes ver todas las recomendaciones del Consejo General de Economistas para rebajar la factura por la Renta 2020 pulsando aquí.
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